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Legislatura

Alto cuerpo ratifica medida que concede estatus regular a empleados transitorios

De acuerdo con la pieza legislativa (sustitutiva de la Cámara a los proyectos 1455 y 1469), los funcionarios deben estar por más de cuatro años en puestos vacantes con funciones permanentes del servicio de carrera o de duración fija.

El hemicilo del Senado.
Foto: NotiCel

El Senado, en su sesión ordinaria de hoy, ratificó el sustitutivo de la Cámara a los proyectos 1455 y 1469 para crear la "Ley de Empleo Transitorio o Temporal en el Servicio Publico" y conceder estatus regular en el servicio de carrera a empleados transitorios que cumplan con determinados requisitos.

El proyecto beneficiará a los empleados públicos que ocupen, por más de 4 años, puestos vacantes con funciones permanentes del servicio de carrera o de duración fija, y si cumplen con las disposiciones estatuidas en las agendas cubiertas por el Sistema de Administración y Transformación de los Recursos Humanos del Gobierno (Ley 8 de 2017).

Asimismo, la medida ordena a la Oficina de Administración y Transformación de los Recursos Humanos (OATRH), y a la Oficina de Gerencia y Presupuesto (OGP), a adoptar la reglamentación en conformidad con lo establecido en la ley.

La pieza legislativa advierte que los empleados transitorios "muchas veces son relegados" en su clasificación por años, sin ser considerados para un puesto permanente, aunque realizan las funciones propias de este".

En síntesis, el proyecto sostiene que, al establecer una ley especial para garantizar a los empleados transitorios que llevan 4 años o más realizando labores de empleados regulares al 31 de diciembre de 2022, el otorgarles estatus regular en el servicio de carrera, efectivo al 1 de julio de 2023, "proveemos un mecanismo específico y efectivo para resolver un reclamo de décadas que entendemos legitimo. No solo para el empleado transitorio, sino para el servicio publico que se enriquece al contar con el personal capacitado y experimentado, ya probado en las labores a beneficia de la ciudadanía".

El senador Ramoncito Ruiz Nieves, presidente de la Comisión de Gobierno (que presentó el sustitutivo junto a la Comisión de Derechos Humanos y Asuntos Laborales, que encabeza Ana Irma Rivera Lassén), declaró que la pieza legislativa "pretende dos puntos importantes: cambiar el estatus de empleados transitorios a permanentes, mientras que lo otro son los requisitos para cambiar el estatus".

"Cuando hemos estado discutiendo el presupuesto de las agencias, dicen que se publican las convocatorias y nadie viene. Ahora que tenemos 6,000 empleados públicos, le damos largas al asunto de otorgar la permanencia", criticó.

Para dramatizar el asunto, dijo que muchos servidores públicos cuando acuden a la banca se deben enfrentar a la pregunta de si son empleados permanentes, un requisito para acceder a ciertos beneficios en el sistema financiero.

Ante esta situación, afirmó que "tenemos que hacer justicia a este grupo de servidores públicos".

Para poder otorgar el estatus regular a un empleado transitorio se requerirá lo siguiente:

- Haber prestado servicios continuos o con una interrupción no mayor de 15 días, en una agenda dentro del servicio publico, a tiempo completo y ocupando el mismo puesto por 4 años o más (desvinculaciones de más de 15) días se considerarán una interrupción para fines de este inciso).

- Poseer los requisitos mínimos de preparación y experiencia para la clase de puesto a que se asignan sus funciones y reunir las condiciones generales para ingreso en el servicio publico, a tenor con la Ley 8 de 2017

- Que el jefe de la agenda en la cual presta sus servicios certifique a la OATRH que ha prestado servicios satisfactorios, conforme a las normas de conducta de la agencia y las que se esperan de todo servidor público.

- Los servicios como empleado transitorio deben haber sido prestados en programas gubernamentales, según estos se desglosan en el Presupuesto de Gastos del Gobierno o en el presupuesto de gastos de la agenda correspondiente, independientemente de si estos se sufragan con fondos estatales, federales o combinadas.

- La autoridad nominadora realizará una evaluación del empleado en el puesto transitorio para asegurase de que cumpla con lo dispuesto para adquirir la condición de empleado regular de carrera y certificará que los servicios han sido satisfactorios.

- Si la autoridad nominadora determina que los servicios del empleado no han sido satisfactorios, que no reúne los requisitos mínimos del puesto para el cual será nombrado o las condiciones generales para ingreso al servicio público, deberá contar con la evaluación en sus méritos de la Oficina de Administración y Transformación de los Recursos Humanos del Gobierno antes de notificar al empleado cualquier determinación al respecto.