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Junta Fiscal

Objeciones a planes de ajuste de deuda tienen que ser en el tribunal y ágiles, enfatiza apelativo federal

Primer Circuito de Apelaciones de Boston desestima impugnaciones de Plan de Ajuste de COFINA.

El exrepresentante Manuel Natal Albelo.
Foto: Juan R. Costa / NotiCel

El Primer Circuito de Apelaciones aprobó el Plan de Ajuste de la deuda de COFINA mediante una opinión en la que desestimó tras impugnaciones distintas que quedaban pendientes y en la que el tribunal revisor enfatizó que el momento de objetar un plan de ajuste es antes de que el tribunal lo apruebe y que, si hay razones para objetar después de la aprobación, hay que pedir ágilmente remedios para que las impugnaciones no se vuelvan imprácticas o académicas.

La opinión del Circuito llega en un momento crucial ya que el Plan de Ajuste para la deuda central del Gobierno de Puerto Rico tiene una cita judicial este miércoles, 10 de febrero, en la cual se podría someter para aprobación de la jueza de quiebras, Laura Taylor Swain.

El Plan de COFINA (Corporación de Interés Apremiante) es la base para que el gobernador Pedro Pierluisi Urrutia dijera que no se puede alterar el Impuesto sobre las Ventas y Uso (IVU), ya que es materia de decisión judicial que este impuesto será la fuente de repago para el plan, que dura 40 años. Con el plan confirmado, el Gobierno de Puerto Rico no tiene capacidad para modificarlo o revocarlo o, por lo menos, no puede tocar 5.5 puntos porcentuales de los 11.5% del IVU porque de ahí sale el dinero para pagar el acuerdo que le da 53.65% de ese dinero a los bonistas de COFINA y 46.35% a los bonistas de Obligaciones Generales (GO) del gobierno central.

“La Ley PROMESA, igual que el Capítulo 9 (de la Ley de Quiebra que sirve para reorganizar a gobiernos municipales) permite a la Junta (de Control Fiscal) modificar planes (de ajuste) solo antes de la confirmación… la importancia de tratar los planes como finales y dignos de fiarse ciertamente no vale menos en procesos bajo PROMESA, como este, que lo que vale en procesos de Capítulo 9. Por todas estas razones concluimos que las solicitudes para revocación o modificación judicial de los planes después de confirmados bajo PROMESA presenta el tipo de consideraciones pragmáticas y remediales que implican la doctrina sobre la finalidad de los procesos”, indicó un panel de jueces del Apelativo. El panel inicialmente incluía al puertorriqueño Juan R. Torruella, quien murió antes de que se emitiera la decisión y fue sustituido.

En esencia, y por distintas avenidas de argumentación, los jueces entendieron que los tres casos que consolidaron en la decisión colocaron al tribunal en la posición de no poder hacer nada ya para atender sus reclamos contra el Plan de COFINA, sea porque no se pidió la paralización del plan a tiempo, o porque los reclamos ya estaban atendidos dentro del plan por la jueza Swain.

“[E]l plan, según implantado, sirve como un movimiento importante hacia adelante en la recuperación económica del Gobierno de Puerto Rico. Revertir ese momentum a esta fecha tan lejana inevitablemente minaría la confianza en la capacidad de los proponentes del plan para alcanzar esa recuperación”, concluyó el panel de jueces.

La deuda de COFINA eran $17,000 millones y, como parte del plan, los bonos de esa deuda se cambiaron por bonos que valen $12,000 millones. Los nuevos bonos fueron aprobados en la Asamblea Legislativa el cuatrienio pasado y ya se han vendido en el mercado financiero por un año, cambiando de manos decenas de miles de veces. Además, de COFINA salió un pago de $322 millones a acreedores mientras que el Bank of New York Mellon, como fiduciario, distribuyó al gobierno y a los bonistas de COFINA más de $1,000 millones en ingresos del IVU que ambos se disputaban. El Tribunal de Quiebras ya resolvió las reclamaciones relacionadas con estos bonos y los litigios se han desestimado sin posibilidad de que vuelvan a ser presentados. Este cuadro fue el que tomaron en cuenta los jueces de Boston para concluir que no era práctico, ni había un remedio en ley adecuado, para atender las impugnaciones que quedaban vivas.

La Asamblea Legislativa aprobó los nuevos bonos de COFINA para completar el plan el penúltimo día de la sesión en 2018, un proceso que es recordado por los intentos del exrepresentante Manuel Natal Albelo de llamar la atención, a gritos, sobre las considerables implicaciones que tenía el proyecto que se estaba discutiendo.

El Tribunal de Quiebras aprobó el plan el 5 de febrero de 2019, el cual fue implementado el 12 de febrero. Seis días después se presentó la primera de las tres impugnaciones resueltas por esta decisión del Circuito se presentó seis días después, pero, enfatizaron los jueces, las partes no pidieron paralización de la implantación del plan y el plan siguió adelante.

Para ver la decisión de Apelaciones, pulse aquí.

PDF: Decisión del Primer Circuito de Apelaciones de Boston sobre impugnaciones al Plan de COFINA
Periodista y abogado con 25 años de experiencia. Cofundador, o miembro de los equipos fundadores, de NotiCel, el Centro de Periodismo Investigativo, Red 96, Primera Hora y El Nuevo Día Interactivo.