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Legislatura

Comisión de Hacienda de la Cámara avala la nueva Reforma Contributiva

Te explicamos algunos de los cambios que establecería esta legislación.

Jesús Santa Rodríguez, presidente de la Comisión de Hacienda de la Cámara.
Foto: Juan R. Costa / NotiCel

La Comisión de Hacienda de la Cámara de Representantes, con 10 votos a favor y cinco abstenciones, dio paso al nuevo proyecto de “reforma contributiva” que propone reducción en tasas y simplificación de procesos, tanto para los individuos como para las corporaciones.

El P. de la C. 1645 enmienda el “Código de Rentas Internas de Puerto Rico de 2011”; la “Ley General de Corporaciones para el Estado Libre Asociado de Puerto Rico”, el “Código Municipal de Puerto Rico de 2011”; el “Código de Incentivos de Puerto Rico”; el “Código Civil de Puerto Rico de 2020”; y, la “Ley para la Reforma del Proceso de Permisos” con el proclamado fin de simplificar el sistema contributivo y las radicaciones que deben hacer los negocios, y reducir la carga contributiva en Puerto Rico.

Sostiene en su exposición de motivos que “para lograr un sistema contributivo que proteja a nuestros individuos y promueva la inversión y la actividad económica, es necesario tomar iniciativas que simplifiquen nuestro sistema contributivo, alivien la carga contributiva a individuos y a comercios, y mejoren la captación”.

De igual forma, agrega, “debemos implementar medidas contributivas que reconozcan el esfuerzo del empresario local y que lo ponga en igualdad de condiciones con otros contribuyentes que gozan de incentivos sustanciales”.

Para los individuos, se indica que el objetivo es reducir la contribución sobre ingresos reduciendo las tasas contributivas e introduciendo un Ajuste por Costo de Vida.

“El alivio se refleja con una reducción en la cuarta tasa progresiva de 25% a 24% y un aumento a su escala. De igual forma, se reduce la tasa máxima de 33% a 30%”, explican.

La medida dispone además que el ajuste por costo de vida se implementará en dos fases. La primera aplicará para el año contributivo 2022, donde, luego de que el individuo radique su planilla de contribución sobre ingresos, el Departamento de Hacienda computará un ajuste a su responsabilidad contributiva basado en el cambio en el Índice General de Precios al Consumidor. Dicho ajuste será pagado como un reintegro, sin necesidad de someter un formulario o solicitud adicional para recibirlo, a todos los contribuyentes que cualifiquen. La segunda aplicará a partir del año contributivo 2023, cuando, no solo comienza a aplicar el ajuste a las escalas, sino que también los contribuyentes verán un ajuste anual a los renglones contributivos para reflejar la inflación en el año natural anterior.

También se incrementa en el Código de Rentas Internas el crédito para pensionados de bajos ingresos y personas mayores de 65 años de $200 a $400.

“De conformidad con esta medida, se reducen las tasas contributivas de individuos, incluyendo la reducción de la tasa máxima de 33% a 30%, lo que significa una redistribución de $262.5 millones para los individuos”, resalta el texto.

Respecto a las corporaciones se indica que al presente están sujetas a una tasa máxima de 37.5% y se afirma que, “en términos de la tasa contributiva combinada, es decir, la tasa estatal y federal en los Estados Unidos, Puerto Rico se ubica entre las tasas más altas. La amplia brecha entre las tasas contributivas a nivel corporativo representa una desventaja competitiva para Puerto Rico, en cuanto a atraer corporaciones a la Isla versus otras jurisdicciones”.

El proyecto reducirá la responsabilidad contributiva de todas las corporaciones en las distintas escalas de ingresos en diferentes proporciones y se precisa que, en términos proporcionales, “las corporaciones que más se beneficiarían de la reforma son aquellas que reportan ingresos netos entre los $75 mil y $3 millones. La mayoría de estas corporaciones se clasifican como pequeñas o medianas empresas. Las microempresas y las grandes corporaciones también disfrutarán de una reducción, pero a menor escala”.

Otro resultado de esta legislación que se resalta es que esta Ley simplifica y reduce la contribución sobre ingresos introduciendo una escala progresiva a la contribución normal pagada por las corporaciones y eliminando la contribución adicional. Asimismo, se elimina la contribución alternativa mínima de $500.

“Luego de esta reducción, se estima que sobre 26,000 corporaciones pagarán menos contribución sobre ingresos en Puerto Rico. Esta medida reduce la clasificación (“ranking”) mundial que ocupa Puerto Rico en cuanto a términos de tope de tasa contributiva se refiere, aumentando nuestra ventaja competitiva de atraer corporaciones a la isla en comparación con otras jurisdicciones”, expresan.

Las reducciones contributivas se justifican en la legislación con el hecho de que los ingresos netos al Fondo General para los pasados cinco (5) años fiscales han superado consistentemente las proyecciones establecidas en el Plan Fiscal certificado por la Junta de Supervisión Fiscal y que los datos reflejan que el excedente promedio ha sido de $790 millones aproximadamente.

Legislación ata empleos con incentivos

La misma comisión, con 11 votos a favor, endosó un proyecto que establece como requisito para mantener un decreto de incentivos que se cumpla con la promesa de empleos que se hace al momento de recibir dicho beneficio.

El P. de la C. 1744 establece el “Certificado de Empleo Directo” (CED) que certifica que el Negocio Exento cumple con el requisito de creación y preservación de empleos por el cual se comprometió al acordar su decreto con el DDEC.

“Con esta legislación se corregirá el hecho de que se brinden incentivos sin observar la creación de empleos que se acuerdan en los decretos de las industrias que solicitan y se le otorga un decreto mediante el Código de Incentivo. A su vez, se fomenta la inversión proveyendo un estímulo a las industrias para que puedan realizar inversiones en sus negocios con el incentivo de obtener un Certificado de Empleo Directo que puedan transferir.

Dispone el proyecto que dicho Certificado tendrá una duración de 12 meses, el mismo indicará el total de empleos generados, y el periodo de 12 meses de vigencia del empleo. La titularidad de cada Certificado de Empleo Directo emitido pertenecerá al Negocio Exento al cual se le haya emitido, se sostiene.