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Junta Fiscal

Gobierno federal pide hasta enero para decidir si interviene en confirmación del Plan de Ajuste de Deuda

Las reclamaciones de que la Ley PROMESA es inconstitucional vienen de acreedores a los que el gobierno les ha tomado, o expropiado, terrenos y otros bienes.

En el último día de argumentación de objeciones sobre el Plan de Ajuste de la Deuda (PAD), el gobierno federal se hizo sentir mediante una solicitud para detener la determinación final sobre el plan hasta enero de 2022, para así darle espacio a decidir si van a intervenir en el proceso para defender la constitucionalidad de la Ley PROMESA frente a ataques que se han planteado, particularmente por acreedores que entienden que no se les ha compensado adecuadamente por expropiaciones que le hizo el Gobierno de Puerto Rico.

La jueza Laura Taylor Swain recibirá argumentos de las partes en torno a ese pedido de los abogados de la División Civil del Departamento de Justicia federal hasta el viernes en la tarde y proseguirá el lunes con el señalamiento que tenía para escuchar los informes finales de las partes sobre por qué el Plan debe o no debe ser confirmado.

Si la jueza acepta la solicitud del gobierno federal, la determinación final sobre el PAD no ocurriría hasta marzo del 2022 porque lo que piden los abogados de Justicia federal es hasta el 31 de enero de 2022 para notificar si van a entrar a defender la constitucionalidad y, de entrar, otros 30 días adicionales para, en efecto, someter su posición por escrito. La moción de Justicia federal le recuerda a la jueza que, hasta que el gobierno haya sometido su posición, el tribunal puede rechazar los retos constitucionales, pero no puede decretar que la ley es inconstitucional.

Lo otro que puede suceder es que la Junta de Supervisión Fiscal (JSF) negocie con las partes que reclaman las violaciones constitucionales para que así las mismas puedan ser retiradas, pero esta misma mañana, después de conocer que Justicia federal entraría, el abogado de la Junta, Brian S. Rosen, indicó a la jueza Swain que no harían modificaciones al Plan para atender los reclamos de expropiaciones inconstitucionales.

Las partes que mantienen retos constitucionales al Plan por el argumento de expropiación, y otros, son Sucesión Pastor Mandry Mercado, PFZ Properties, Inc., Suiza Dairy Corp. y los acreedores, que se representan por derecho propio, Arthur Samodovitz y Peter C. Hein. Las reclamaciones que caen bajo esta categoría han sido contabilizadas en unos $400 millones.

El otro argumento sobresaliente del sexto día de las vistas del plan de confirmación fue la discusión de hasta dónde llega el alcance de la recién adoptada Ley 53 cuando establece que una condición a la emisión de bonos para viabilizar la reestructuración de la deuda es "cero recorte a las pensiones".

Fue notable que hubo muchas mentes argumentando sobre lo que significa dicha ley para los pensionados y para los maestros y jueces activos, pero no hubo ninguna intervención de los que trabajando la ley, la Asamblea Legislativa o el Gobernador, para aportar sus expresiones sobre qué realmente tenían en mente cuando adoptaron la ley. En el caso del gobernador Pedro Pierluisi, no argumentó por separado pero hay comunicaciones suyas oficiales confirmando que su interpretación de alinea con la Junta, es decir, cero recortes solo significa que los pensionados ya no tendrán recortes a sus pagos mensuales, pero no significa nada para los empleados activos que enfrentan cambios a sus sistemas de retiro así como la eliminación permanente del aumento por el costo de vida (COLA, en inglés) en las pensiones. Se ha argumentado que este último punto conlleva un empobrecimiento progresivo de los pensionados porque sus pagos mensuales se quedan igual mientras sus costos de vida aumentan en renglones como gastos médicos y utilidades.

La ausencia de los poderes constitucionales ocurre aún cuando la Junta aprovechó la Ley 53 para cambiar la orden de confirmación del PAD para limitar la capacidad de gobernadores y legislaturas futuras de mejorar los beneficios de los pensionados por los próximos 10 años. Ni el concepto de esta prohibición, ni lo que significa "cero recortes" ni lo que significa "pensión" están consignados en la letra de la ley, por lo que todas las argumentaciones del día estuvieron basadas en deducciones, conjeturas y abstracciones de cuál fue la intención legislativa basándose en borradores de la ley y en las actuaciones de la Legislatura y Gobernador en el proceso de aprobarla.

Un argumento que quedó irrefutado claramente es que el cambio de los sistemas de retiro, con la "congelación" de beneficios, y la eliminación permanente del COLA están incluidos en los Planes Fiscales desde el 2019, por lo que todo el mundo sabía claramente que eso estaba sobre la mesa, pero la Ley 53 guarda silencio sobre eso.

Por el contrario, resaltó Daniel Salinas, como representante de la Coalición de Deuda Legal Constitucional, acreedores a favor del Plan y de la interpretación de la Junta de la Ley 53, la Legislatura hizo el ejercicio que tenía que hacer: distinguir entre proteger el "derecho adquirido" que tienen los ya jubilados al pago de pensión que estaban recibiendo y dejar a un lado la mera "expectativa" que tienen los no retirados a lo que piensan que debe ser su retiro.

Los maestros y los jueces son las dos categorías específicas de empleados públicos, adicional a dos sindicatos que agrupan a distintos tipos de empleados, que se mantienen combatiendo la aplicación de la Ley 53 que hace la Junta y, en una intervención concedida a última hora, un grupo de organizaciones magisteriales dijeron hoy al jueza, aparte de la Asociación de Maestros de Puerto Rico, que "cero recortes es cero". "La política pública de cero recortes es cero, nada en absoluto", propuso la abogada Jéssica Méndez Colberg, a la vez que le afirmó a la jueza que una de las decisiones que el tribunal tendrá que tomar es si el Plan es implementable sin esa legislación. La abogada dijo también que la orden de confirmación no debe contener una prohibición de legislación porque la Junta retiene el poder bajo la Ley PROMESA de anular aquellas leyes futuras que entienda no son compatibles con el Plan Fiscal.

"(Los maestros) están atrapados en el fuego cruzado entre promesas políticas que han sido menos que honestas y el tribunal", planteó el licenciado José Luis Barrios Ramos, como representante de la Asociación. Al poner su apuesta sobre la decisión del Tribunal Supremo de Puerto Rico que definió las obligaciones del gobierno para con el retiro de los maestros, insistió en que en la pensión de los maestros no hay una distinción entre "derecho" y "expectativa" porque la pensión es parte de su condición de empleado con baja remuneración. "Los maestros no sacan nada, absolutamente nada (en el proceso de quiebra)", subrayó.

Los jueces también estuvieron representados en dos frentes: la Asociación Puertorriqueña de la Judicatura habló por unos 300 jueces activos y la Asociación de Jubilados de la Judicatura por unos 400 jueces retirados.

La primera insistió en argumentar sobre cómo los cambios al sistema de retiro atentan contra la independencia judicial, a pesar de que la jueza Swain había advertido que ese no debía ser el propósito de su intervención. El licenciado David Indiano insistió en que aquí en Puerto Rico "hay un solo soberano" jurídico y que la independencia judicial que reclaman emana de la Ley 600 y no de la Constitución del Estado Libre Asociado. Al enfatizar en lo pequeño que resultaría el ajuste si solo se le protege el sistema a los jueces (sin tomar en consideración a maestros y otros empleados), Indiano se lamentó que se ha desarrollado un "argumento totalmente injusto y desagradecido" de que la Junta no hace la excepción con los jueces para no enfrentar críticas de protegerlos como "prima donnas" o "intocables".

Por su parte, los jueces retirados, a través del licenciado Enrique Mendoza Méndez, dijeron a Swain que "tienen un lugar especial porque representan una rama de gobierno que tiene un lugar especial".

Como representante de la Junta, Martin Bienenstock descartó los argumentos de los jueces diciendo que la independencia judicial simplemente no tiene nada que ver conque no les den un aumento de COLA en la pensión. Reiteró a la jueza que sin cambio en sistemas de retiro y prohibición de COLA, el Plan no se puede confirmar y defendió la prohibición de 10 años porque "hemos aprendido por experiencia, su señoría, que el deseo de tener estos planes (de beneficio definido) es aparentemente infinito y necesitamos pararlos". Las modificaciones a los planes de retiro cambiarían su carácter de beneficio definido (una aportación alta del patrono y un pago garantizado hasta que la persona se muera) a un sistema híbrido donde las aportaciones se reducen.

Una controversia que queda abierta es la lista de leyes que la Junta propone ocupar o anular ('preempt') como parte de la ejecución del Plan. Van a añadir las leyes 80, 81 y 82 que crearon ventanas de retiro al final de la Administración Vázquez Garced y algunas secciones del Artículo VI de la Constitución del Estado Libre Asociado. La jueza se ha mostrado inquieta porque la Junta propone dejar lenguaje ambiguo para que cualquier otra ley que se identifique en el futuro como un obstáculo al Plan pueda ser anulada, mientras que opositores han planteado que la lista debe ser clara porque así lo requiere el orden que debe tener el Plan y porque, de todos modos, la Junta retiene el poder de detener la implantación de legislación.

La vista sigue el lunes con argumentos finales de cierre.

Periodista y abogado con 25 años de experiencia. Cofundador, o miembro de los equipos fundadores, de NotiCel, el Centro de Periodismo Investigativo, Red 96, Primera Hora y El Nuevo Día Interactivo.