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Política

Violencia económica contra la mujer: apoyo de legislatura y tímida respuesta de bancos

Senado y la Cámara aprobaron medidas que abordan el tema y que la entidad Ayuda Legal ya maneja a través de una guía para las instituciones financieras.

La violencia económica contra la mujer, invisible, ya ha comenzado a frenarse, al menos desde la Asamblea Legislativa, con dos medidas impulsadas en ambos cuerpos y que pretenden lo mismo: dejar atrás el abuso financiero al que son sometidas en ocasiones las féminas y que ha llevado ya a un par de bancos a tomar medidas.

El Senado, a través del proyecto 865, y la Cámara, con la pieza legislativa 1311, han dado un paso “histórico”, en opinión de la directora ejecutiva de la entidad Ayuda Legal, Ariadna Godreau Aubert, quien dijo que existe la necesidad de visibilizar la violencia doméstica vinculada a los procesos hipotecarios.

La abogada consignó que las mujeres son parte demandada o codemandada en el 69.2% de los casos de ejecuciones hipotecarias y, por lo mismo, están en mayor riesgo de perder sus viviendas que los hombres.

De ahí que Godreau Aubert alabe a la Asamblea Legislativa: “Somos optimistas de que ambos proyectos seguirán su curso y serán aprobados tanto en el Senado como en la Cámara, considerando que hay un apoyo multipartidista. Si eso ocurre, se espera que para enero, pasarían a la firma del gobernador. Pero ya hay un reconocimiento de la legislatura a esta problemática y eso ya es un avance”.

Los cuerpos legislativos reconocen así situaciones de violencia de género que afectan a la mujer en el ámbito económico, como el impago de rentas o hipotecas, así como el control exclusivo de cuentas por parte de las parejas.

También hay situaciones de amenazas de desalojo o el corte de servicios (agua y luz).

Como parte del proyecto 1311, se ordena a varias agencias (la Oficina de la Procuradora de la Mujer, Familia, Justicia y la Policía) que garanticen que se cumpla con la “política pública” contra esta modalidad de la violencia doméstica.

Mientras, el Senado, con el 865, apunta en la misma dirección en busca de evitar más casos de violencia de género en el país, que tiene vigente un estado de emergencia decretado por el gobernador Pedro Pierluisi Urrutia desde hace más de un año debido a los casos que se han reportado.

Desde el 2013 hasta el 2021, más de 130 mujeres han sido asesinadas en el país en “feminicidios íntimos” (muertes violentas de mujeres y niñas por violencia de pareja expareja íntima), según el Observatorio de Equidad de Género de Puerto Rico (otras 57 muertes sospechosas aún están bajo investigación).

Ante este escenario, la directora ejecutiva de Ayuda Legal destacó la iniciativa que impulsa la organización, que creó el Protocolo para la Atención de la Violencia Doméstica en el Manejo de Procesos Hipotecarios, una guía que ya fue entregada a los bancos y cooperativas.

Según Godreau Aubert, la guía no incluye medidas "radicales" como perdonar deudas, sino que incluso protege a la institución y son cónsonas con la llamada responsabilidad social corporativa.

Sobre la respuesta de los bancos, la portavoz de la agrupación dijo que “hemos recibido algunas respuestas. Hemos sido informados que algunas instituciones financieras están en proceso de adopción de sus propios protocolos, sabemos de dos bancos, pero hay interés de distintos sectores”.

Ya a nivel federal, la Federal Housing Administration aprobó unas guías para atender la mitigación de pérdidas cuando hay violencia doméstica.

A su vez, está la aprobación de la Violence Against Women Act, que reconoce la violencia económica como una forma de violencia de género.

Características de la violencia económica contra la mujer:

● Impedir que la víctima sobreviviente trabaje

● Controlar el acceso al dinero de la víctima o sobreviviente

● Coaccionarla o engañarla para que tome préstamos

● Impedir que tome decisiones económicas en el hogar y asumiendo el control del dinero

● Impedir que tenga cuentas bancarias

● Impedir acceso a las cuentas bancarias en común y a la información relacionada a estas

● Retener el salario de la víctima o sobreviviente

● Obligarla a asumir todos los pagos de la casa

● Hacerle sentir que es incapaz de administrar el dinero correctamente

● Solicitar que la víctima o sobreviviente presente recibos y evidencia de todos los gastos que realiza y exigir explicaciones y justificaciones para haberlos realizado

● Impedir que la víctima o sobreviviente compre las cosas que desee o necesite

● Utilizar el dinero común sin conocimiento ni consentimiento de la víctima o sobreviviente

● Dejar de pagar la hipoteca

● Negarse a participar de los procesos de mitigación de pérdidas, oponerse frívolamente a sus términos o causar dilaciones extensas en el proceso

● Comparecer a los procesos de mediación compulsoria de mala fe

● Negarse a consentir a un refinanciamiento, causando un aumento o no disminución de los pagos

● Solicitar primera o segunda hipoteca sobre la propiedad y forzar o engañar a la víctima o sobreviviente para que preste su consentimiento para ello

● Forzar o engañar a la víctima o sobreviviente para que consienta a hipotecar la residencia principal como colateral para otro préstamo (ejemplo: préstamo de negocios)

● Negarse a vender la propiedad hipotecada

● Solicitar una hipoteca fraudulentamente a nombre de la víctima o sobreviviente

● Obstaculizar o sabotear los esfuerzos para la venta de la propiedad a través de esfuerzos para insistir al agente de bienes raíces que sobrevalore la propiedad, causar daño a la propiedad o negarse a darle mantenimiento para provocar su deterioro

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