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Buscan prohibir los actos de competencia desleal en el mercado de Puerto Rico

El proyecto se aprobó en “markup session”, y se espera que pase a discusión durante la sesión ordinaria en el hemiciclo de la Cámara de Representantes.

Durante el "markup session" de la Cámara de Representantes de Puerto Rico
Foto:

En vista de consideración final, la Cámara de Representantes de Puerto Rico aprobó una medida para establecer la “Ley de Competencia Desleal de Puerto Rico” que pretende prohibir los actos de competencia desleal en el mercado puertorriqueño.

El Proyecto de la Cámara 1372 (P. de la C. 1372), de la autoría del representante José Meléndez Ortiz, se aprobó con ocho votos a favor. La medida se presentó ante la Comisión de lo Jurídico presidida por el representante Orlando Aponte Rosario.

De igual manera, el proyecto pretende enmendar la “Ley Antimonopolística de Puerto Rico”, para aclarar que la persona o personas perjudicadas por los actos contemplados tendrán derecho a elegir si desean presentar sus querellas a través de esta ley o presentar una reclamación judicial por medio de la “Ley de Competencia Desleal de Puerto Rico”.

“Este es un proyecto que se trabajó bien. Se celebraron vistas públicas, se recibieron diferentes ponencias, se evaluaron, y se atendieron las preocupaciones presentadas. De forma tal, que en Puerto Rico pueda existir una ley que impida o prohíba actos de competencia desleal. En la actualidad, la Ley de Asuntos Monopolísticos de Puerto Rico prohíbe este tipo de actos. Sin embargo, la persona agraviada, en el ordenamiento actual, no tiene derecho a ser indemnizada o compensada por los actos culposos o negligentes por una persona que incurre en esa práctica desleal”, expresó Aponte Rosario.

De igual manera, el representante aseguró que el proyecto no limita la jurisdicción del Departamento de Justicia o la Oficina de Asuntos Monopolísticos (OAM). Según Aponte Rosario, la legislación se trabajó para brindar un remedio adicional para que la persona pueda acudir ante los tribunales de justicia en Puerto Rico para ser compensada por los agravios, ya que actualmente no existe ese derecho.

“Hemos visto que personas jurídicas y personas naturales incurren en este tipo de prácticas a lo largo de la historia, y afecta negativamente a diferentes sectores que quieren desarrollarse y crecer económicamente, pero ante el escenario de estas prácticas impide el fortalecimiento y crecimiento comercios y negocios”, destacó el legislador.

La medida planteó que la legislación se presentó como una alternativa de reclamación ante los tribunales para los participantes del mercado afectados por estos actos, en la que se enumera qué prácticas comerciales se catalogan como ilícitas en Puerto Rico. Asimismo, permite a las personas lesionadas por los actos ilícitos presentar peticiones de “injunction” y acciones privadas ante los tribunales para el recobro de las pérdidas sufridas y así asegurar el correcto funcionamiento del mercado.

“La existencia de una libre competencia es la base del buen funcionamiento de las operaciones mercantiles bajo la doctrina del liberalismo económico (el balance entre las leyes de oferta y demanda), para que los participantes en el mercado tengan el libre acceso y elección para adquirir lo que más les favorezca, sin limitación alguna, dentro de unos mercados leales, transparentes y competitivos”, dispuso el P. de la C. 1372.

Se espera que la medida pase a discusión durante la sesión ordinaria en el hemiciclo de la Cámara.